Artículos del día 28 de octubre de 2007

Una papeleta para el Tribunal Constitucional


La abstención dirigida, fomentada y controlada debe ser causa suficiente para invalidar unas elecciones, máxime si, además, es mayoritaria

Como quiera que la sociedad catalana está formada por dos comunidades sociolingüísticas, una comunidad de lengua española, que representa aproximadamente el 52-55 por ciento de la población, y una comunidad de lengua catalana, que representa el 48-45 por ciento restante, esta realidad debería estar presente en todos los planteamientos sociopolíticos y, en consecuencia, también debería quedar reflejada en las instituciones públicas de esta Comunidad Autónoma. El hecho de que la comunidad de lengua española no esté presente y ni siquiera vea reconocida su existencia, siendo como es mayoritaria, nos da derecho a denunciar ante el Tribunal Constitucional la composición y la actuación de las instituciones catalanas de representación ciudadana, empezando por su Parlamento, como ilegítimas, habida cuenta que, stricto sensu, no son ni representativas ni democráticas ab origine.
Pregunta ingenua e intempestiva: ¿puede desmontar el Tribunal Constitucional tamaño fraude de ley? Y lo cierto es que, según el Código Civil, debe.