El Tribunal Constitucional y el Estatuto de Cataluña
Una vez descubierto un fraude de ley, la instancia competente está obligada a restablecer la última situación legítimamente legal
¿Sabe el Tribunal Constitucional que en Cataluña hay dos comunidades sociolingüísticas: una comunidad de lengua española, equivalente aproximadamente al 52 de su población, y una comunidad de lengua catalana, equivalente aproximadamente el 48 por ciento restante?
¿Sabe el Tribunal Constitucional que el llamado Estatuto de Cataluña fue redactado, elaborado y tramitado exclusivamente por representantes de la comunidad de lengua catalana, que se autodefine como «pueblo de Cataluña», y ha ignorado sistemática y deliberadamente la existencia de una comunidad de lengua española, siendo como es mayoritaria, y ha negado a sus miembros los derechos que les corresponden como ciudadanos españoles, entre ellos el derecho a recibir enseñanza pública en el idioma español, que además es su lengua materna?
¿Sabe el Tribunal Constitucional en qué delito incurriría si, así que ha tenido conocimiento de estos extremos, aprobara el Estatuto de Cataluña?