Lo que dice el Estatut: lo que dice Pájaro bobo (2)
NACIÓN – PREÁMBULO
«El Parlament de Catalunya [Parlamento de Cataluña], recogiendo el sentimiento y la voluntad de la ciudadanía de Catalunya [Cataluña], ha definido de forma ampliamente mayoritaria a Catalunya [Cataluña] como nación. La Constitución española, en su artículo segundo, reconoce la realidad nacional de Catalunya [Cataluña] como nacionalidad».
En opinión de Pájaro bobo, la redacción del Preámbulo es incorrecta en cuanto que no respeta el marco conceptual o semántico fijado por la Constitución española de 1978 para el término «nación» y el término «nacionalidad». El Parlamento de Cataluña ni ha recogido ni recoge el sentimiento y la voluntad de la ciudadanía de Cataluña, que nunca, nunca se ha definido, ni minoritaria ni mayoritariamente, como nación. En la Constitución española de 1978 se habla de nación, término referido siempre y sólo a España, y de nacionalidades como característica específica de ciertas Comunidades Autónomas. Conceptualmente, nación es sinónimo de Estado y nacionalidad es sinónimo de Comunidad Autónoma.
De acuerdo con lo expuesto, Pájaro bobo considera que estamos ante un fraude legal en cuanto que se habla de soportes argumentales inexistentes —y, en cualquier caso, jamás avalados y contrastados— para definir un concepto político que no responde a la realidad social de Cataluña ni es refrendado por una práctica jurídica mínimamente sólida. La ciudadanía de Cataluña nunca se ha definido como una nación.
Por todo ello, el mencionado Preámbulo del Estatuto podría y acaso debería decir más o menos:
«El Parlamento de Cataluña, atento a la realidad social de Cataluña y respetuoso con ella, declara que la sociedad de Cataluña está formada por dos comunidades lingüísticas: una comunidad de lengua española, equivalente en la actualidad al cincuenta y dos por ciento de su población, y una comunidad de lengua catalana, equivalente en la actualidad al cuarenta y ocho por ciento restante. Es derecho y obligación de este Parlamento tener en cuenta dicha realidad social para darle expresión adecuada en esta institución y velar por que tenga igualmente expresión adecuada, en términos de representación democrática, en todas las instancias e instituciones que conforman la Comunidad Autónoma de Cataluña».
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