Reforma de la Constitución: control del gasto público en su cuantía y en su empleo
A mi entender, poner un tope al gasto de las Administraciones del Estado sólo tiene sentido si esa medida va acompañada de otra que fije y controle el uso que hacen las Comunidades Autónomas del dinero que reciben del Gobierno central.
Considero que si el Estado fija un tope al gasto debe fijar y controlar también el uso que se hace de ese gasto, pues parece evidente que, en caso contrario, la medida no sólo carecerá de sentido pleno sino que muy probablemente va a tener un efecto pernicioso en la ciudadanía.
Ejemplo: ¿se va a seguir permitiendo que la Generalidad de Cataluña reduzca las prestaciones en Sanidad y Educación para poder mantener e incluso ampliar su red de embajadas y delegaciones en el extranjero?
Mi refrán dice: «Hecha la trampa, hecha la ley».