Reforma de la Constitución: control del gasto público en su cuantía y en su empleo

A mi entender, poner un tope al gasto de las Administraciones del Estado sólo tiene sentido si esa  medida va acompañada de otra que fije y controle el uso que hacen las Comunidades Autónomas del dinero que reciben del Gobierno central.

Considero que  si el Estado fija  un tope al gasto debe fijar y controlar también el uso que se hace de ese gasto, pues parece evidente que, en caso contrario,  la medida no  sólo carecerá de sentido pleno sino que muy probablemente va a tener un efecto pernicioso en  la ciudadanía.

Ejemplo: ¿se va a seguir permitiendo que la Generalidad de Cataluña reduzca las prestaciones en Sanidad y Educación para poder mantener e incluso ampliar su red de embajadas y delegaciones en el extranjero?

Mi refrán dice: «Hecha la trampa, hecha la ley».

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