Constitución y derecho de autodeterminación
En mi opinión, el Jefe del Gobierno de España ni está autorizado ni puede ser autorizado a tratar con el representante de una región histórica española el derecho a la autodeterminación de esa región histórica española.
Entiendo que, de acuerdo con la Constitución actualmente vigente en España, no es lícito invocar ese derecho, cualesquiera que sean las razones legales que se aduzcan, por la sencilla razón de que tal derecho ni existe ni puede existir, pues es intrínsecamente incompatible con la existencia de la mencionada Constitución y su primacía.
Por lo demás pienso que la deriva ahí iniciada nos llevaría –¿o nos llevará fatalmente?– a una catalanización de la política española que para mí es una forma de envilecimiento.